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Última modificación: 2012-05-18
Las expresiones legales ambiguas que puedan dar lugar al ocultamiento de bienes, van en detrimento de la obligación de reparar a las víctimas y por lo tanto son contrarias a la constitución

Se demandaron las expresiones ?cuando se disponga de ellos?, ?si los tuvieren? y ?de ser posible?, relacionados con al entrega de bienes por parte de los desmovilizados para la reparación a las víctimas y restitución, respectivamente en el numeral 11.5 del artículo 11, el inciso 2° del artículo 17 y el artículo 46 de la Ley 875 de 2005, en tanto vulneran el derecho a la reparación de las victimas.

La Corte Constitucional declaró incompatible con la Constitución las expresiones demanda?, porque tales apartes, por su ambigüedad, pueden permitir la ocultación de bienes, lo que iría en detrimento de la obligación de reparar a las víctimas, establecidas en la Constitución, las normas civiles y los tratados internacionales.

Dentro del mismo contexto, la Corte declaró contrario a la Constitución la expresión ?si los tuviese?, referida a los bienes que el desmovilizado debe proveer al fondo para la reparación de las víctimas para tener derecho al beneficio de libertad a prueba ?inciso 2° del artículo 44 de la Ley 975 de 2005-, por tener el mismo contenido normativo de las anteriores expresiones declaradas aquí inexequibles. nota 1



  1. Corte Constitucional, Sentencia C-370-06

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