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Última modificación: 2012-10-23
El aumento de la prescripción de la acción penal respecto de conductas punibles realizadas por servidores públicos, en ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas, no vulnera el principio constitucional non bis in idem

Se demanda la inconstitucionalidad parcial del artículo 83 de la Ley 599 de 2000, que establece el aumento del término de prescripción de la acción penal cuando se trata de conductas punibles cometidas por servidores públicos en ejercicio de sus funciones, de su cargo o con ocasión de ellos. A juicio del demandante, es contraria al artículos 29 de la Constitución, 14 nrales, 1 y 7 del Pacto Universal de Derechos Humanos y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en tanto desconoce el principio non bis in idem.

La Corte consideró que de acuerdo con los lineamientos jurisprudenciales sobre el contenido y los efectos del principio non bis in idem, es claro que al aumentar la expresión demandada el término de prescripción de la acción penal respecto de las conductas punibles realizadas por los servidores públicos en ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas, o con su participación, en una tercera parte, no quebranta dicho principio, que prohíbe imponer a una persona más de una sanción por los mismos hechos y por la misma causa o fundamento jurídico, es decir, por los mismos hechos y por la lesión o puesta en peligro de un mismo bien jurídico, o adelantar una nueva investigación o un nuevo juicio con esa finalidad. nota 1



  1. Corte Constitucional, Sentencia C-229-08

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