› Observatorio de Justicia Constitucional
» Derecho de Petición
Tabla de Contenidos
Última modificación: 2006-08-01
Deber de responder las peticiones de los reclusos sobre la vigilancia de los procesos en su contra

Según el demandante, dirigió una petición a la Personería Municipal para que vigilara especialmente un proceso contravencional seguido ante el Juzgado Promiscuo de esa localidad, y se le garantizara el debido proceso y la recta administración de justicia, sin que hasta la fecha en que instauró la tutela hubiera obtenido respuesta alguna. Solicitó que se ordenara a la Personera Municipal dar respuesta a su solicitud. Debe distinguirse entre el derecho que tiene el peticionario a la respuesta, en virtud de la garantía constitucional, y el desarrollo interno que, en las dependencias de la Administración, tenga el curso de la petición formulada. Si la petición busca que la autoridad actúe en el ámbito de sus atribuciones o deberes, cumple su función obrando de inmediato, pero eso no la libera de su obligación de informar al peticionario sobre lo actuado y acerca de los resultados de la actividad emprendida. Desde luego, como ya lo ha señalado la Corte, esto no es aplicable a las autoridades judiciales en el curso de los procesos, ya que éstos se rigen por las normas legales propias de cada uno, sin que sea lo adecuado impulsarlos mediante la formulación de peticiones en cada uno de los momentos procesales. La Corte ordenó a la Personería Municipal responder de fondo a la solicitud del actor. nota 1



  1. Corte Constitucional, Sentencia T-178-00

 Ocultar columna

Búsquedas

Modificaciones recientes
2013-08-29
El proceso ordinario laboral ante la sala laboral de la corte suprema de justicia es el mecanismo eficaz de protección de los derechos laborales de los trabajadores colombianos o ciudadanos que tienen su residencia permanente en el país, cuando resulten desconocidos por una misión, delegación u organismo de derecho internacional

2013-04-23
Prohibición de exigir trámites innecesarios o engorrosos, que imponen cargas desproporcionadas al peticionario y obstaculizan la materialización del derecho

2013-04-23
Los abogados inscritos tienen derecho a consultar expedientes judiciales. este derecho emana del cpc y no implica derecho de petición

Presentación
Descargue la presentación del Observatorio de Justicia Constitucional
Descargar (39Kb)

Sabía usted que...
En la parte superior e inferior se encuentran los ítem anterior y siguiente de cada elemento.

Contáctenos
Si desea contactarse con el equipo de trabajo del Observatorio de Justicia Constitucional, escríbanos al correo observatorio@defensoria.org.co

Descargas
Constitución Política de Colombia en formato PDF
Descargar (569Kb)

Versión actualizada (julio de 2013)

Ver - Imprimir
Versión completa del documento sobre Derecho de Petición optimizada para impresión

Informes

Segundo informe del Observatorio de Justicia Constitucional

Marzo de 2007 - febrero de 2011

Descargue el libro

Tomo 1

(7.2 Mb)

Tomo 2

(8.5 Mb)

Primer informe del Observatorio de Justicia Constitucional de la Defensoría del Pueblo

Marzo de 1992 - febrero de 2007

Descargue el libro

Tomo 1

(2.7 Mb)

Tomo 2

(3.0 Mb)

© 2003 - 2006 Defensoría del Pueblo Colombia | línea gratuita nacional 018000 914814
Requisitos técnicos del sitio web | Su uso de este sitio web constituye aceptación de nuestras condiciones de uso y privacidad