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» Derecho de Hábeas Data
Protección constitucional del derecho a conocer, actualizar y rectificar información personal en bancos de datos: derecho al hábeas data
Introducción
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Sección / Capítulo 1
1.
Generalidades del derecho al habeas data
1.1.
Alcance del derecho al habeas data según la jurisprudencia constitucional
1.2.
Exigencia de ley estatutaria para regular el derecho al hábeas data en tanto derecho fundamental
1.3.
Deber de solicitar la rectificación de los datos como requisito previo para la procedencia de la tutela
1.4.
Procedencia del trámite de la acción de tutela, cuando a pesar de la diligencia del actor, no es posible solicitar la rectificación de los datos
1.5.
El hábeas data o derecho a la autodeterminación informática constituye una garantía para el ejercicio efectivo de otros derechos fundamentales.
1.6.
Una lista de denegación del servicio de transporte aéreo configura una conducta que no satisface el principio de acceso equitativo a los servicios públicos esenciales
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Sección / Capítulo 2
2.
Responsabilidad de las administradoras públicas de bases de datos personales: principios rectores
2.1.
Principios que rigen la inclusion de información personal en bases de datos que puedan ser consultadas por internet
2.2.
El establecimiento de un término de caducidad del dato financiero negativo no viola el principio de incorporación
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Sección / Capítulo 3
3.
Habeas data en materia financiera y comercial
3.1.
Alcance y límites del derecho a la intimidad: información sobre el comportamiento crediticio de una persona se encuentra fuera del ámbito de protección
3.2.
Alcance y límites del derecho al buen nombre en función de su relación con el derecho al habeas data
3.3.
El conflicto entre el derecho al buen nombre y el derecho a la información
3.4.
Necesidad de autorización previa
3.5.
Derecho a la información veraz y completa en los bancos de datos: derecho a la actualizacion y rectificación del dato
3.6.
El no pago de obligación que se discute en proceso judicial ordinario no puede ser repotado a una base de datos hasta tanto no se determine la existencia de la obligación misma
3.7.
Derecho a la caducidad del dato
3.8.
La excepción de prescripción en proceso ejecutivo y el reporte negativo en las bases de datos
3.9.
La información enviada por una entidad financiera a una que administra un banco de datos se convierte en información de interés general
3.10.
No pago de seguros de vida hipotecarios por compañías aseguradoras legitima permanencia de dato negativo en bancos de datos hasta tanto se cancelen las deudas correspondientes
3.11.
Derecho a extinguir la relación crediticia mediante una dación en pago
3.12.
Procedencia de la acción de tutela frente a entidades prestadoras del servicio de telefonía móvil celular para proteger el derecho de hábeas data
3.13.
Derecho al habeas data de las personas jurídicas en su relación con la intimidad y el buen nombre
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Sección / Capítulo 4
4.
Habeas data en materia de seguridad social en salud
4.1.
Derecho a la inclusión de información personal en la base de datos del sisben para acceder al servicio de salud
4.2.
Deber del sisben de rectificar datos de sus usuarios
4.3.
Posibilidad de cambio de nivel de afiliación al sisben cuando cambian las circunstancias socioeconómicas y se necesita el servicio de salud
4.4.
Deber de las bases de datos del sistema de seguridad social en salud de actualizar su información
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Sección / Capítulo 5
5.
Habeas data en materia penal, disciplinaria y policiva
5.1.
Búsqueda selectiva en bases de datos de no libre acceso requiere de orden judicial previa
5.2.
Las reseñas policivas no constituyen antecedentes penales
5.3.
Protección en casos de suplantación de identidad
5.4.
Utilización de información de bases de datos oficiales reservados para expediente penal
5.5.
Registro y cancelación de órdenes de captura
5.6.
Caducidad del registro de sanciones disciplinarias
5.7.
El das debe asegurar al interesado una forma gratuita de suministro de información sobre sus antecedentes judiciales
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Sección / Capítulo 6
6.
Hábeas data en materia laboral y de prestación de servicios
6.1.
El legislador no puede excluir como prueba en procesos judiciales la información contenida en el sistema único de información de personal
6.2.
La autoridad administrativa no puede requerir información adicional a la establecida por ley a los aspirantes a ingresar a la función pública
6.3.
La administración puede solicitar información laboral o academica a contratistas de prestación de servicios
6.4.
La recoleccion de datos publicos sobre las personas que aspiren a contratar con la administración no requiere de ley estatutaria
6.5.
Obligación de los empleadores de corregir las incongruencias en la historia laboral de sus empleados
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Sección / Capítulo 7
7.
Hábeas data en materia tributaria y fiscal
7.1.
La creación de un boletín de resposables fiscales a cargo de la contraloría general de la república no forma parte del núcleo esencial del derecho al hábeas data
7.2.
La creación de un boletín de deudores morosos a cargo de la contaduría general de la nación no involucra aspectos esenciales del derecho al hábeas data
7.3.
La información tributaria que deben suministrar los contibuyentes a las autoridades no forma parte del núcleo esencial del derecho al hábeas data
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